Por considerar que viola el principio de libertad de expresión y que no describe con precisión las conductas prohibidas, la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional el artículo 331 del Código Penal de Veracruz, que describe el delito de ultrajes a la autoridad,
A menos de 24 horas que el Congreso de Veracruz aprobase una reforma que eliminó dos párrafos de dicho artículo, sin eliminar el mencionado delito, la SCJN votó a favor de declarar inconstitucional el mismo, por causa del cual se encuentran presas más de 200 personas en dicho estado.
Por mayoría de 7 contra 5, los ministros determinaron que el artículo incumple el principio de taxatividad, que consiste en describir con suficiente precisión la clase de conductas prohibidas y las sanciones correspondientes.
Durante el debate, la ministra Margarita Ríos dijo que el artículo tiene el potencial de lesionar las libertades, ya que debido a su imprecisión da pie a sancionar conductas de toda clase, incluyendo meras burlas verbales o escritas, lo que abre la puerta a la detención arbitraria.
Por su parte, la ministra Norma Lucía Piña señaló que “si las normas penales no cumplen con el principio de taxatividad, entonces pueden afectarse desproporcionadamente derechos, pues al no estar claramente delimitado su ámbito de aplicación, permiten punir injustificadamente conductas protegidas en este caso por la libertad de expresión”.
A su vez, Arturo Zaldívar, ministro presidente, dijo que la norma atenta contra el parámetro internacional de libertad de expresión.
El ministro presidente, Arturo Zaldívar, consideró que la norma es inconstitucional por violar el parámetro internacional de libertad de expresión.
Justamente, los párrafos eliminados por el Congreso de Veracruz hacían descripción del delito. Por ejemplo, uno de ellos señalaba que se comete el delito de ultrajes a la autoridad cuando este delito “se realice por medio de cualquier tipo de violencia contra la víctima; y que se realice a través de cualquier otra circunstancia que disminuya las posibilidades de defensa o protección del sujeto pasivo o lo ponga en condiciones de riesgo o desventaja”.
Al respecto, el senador Ricardo Monreal, que desde hace meses se ha pronunciado en contra de la medida, dijo este lunes 28 de febrero que la resolución de la SCJN es “justa y correcta”.
Por medio de su cuenta de Twitter difundió un video y un párrafo tomando postura respecto a la medida de la Corte. En relación con la situación jurídica de las personas presas dijo que lo que sigue es luchar porque éstas sean liberadas, ya que están privadas de su libertad por causa de un “ominoso ilícito”.C
Recordó que debido a los principios que se establecen en la Constitución, esta sentencia surtirá efectos retroactivos al 12 de marzo de 2021, que es cuando la norma fue aprobada por el Congreso veracruzano por iniciativa del gobernador morenista Cuitláhuac García.
Monreal destacó que el Congreso de Veracruz modificó el artículo este domingo, pero dejando intacto el delito penal con sus agravantes. Esto, en contra de una recomendación hecha por la Comisión Nacional de Derechos Humanos que indicó la necesidad de derogar el artículo.