domingo, noviembre 30, 2025

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Valida la SCJN la utilización de las fuerzas armadas para tareas de seguridad pública.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó el acuerdo de mayo de 2020 con el que el presidente Andrés Manuel López Obrador dispuso la utilización de las fuerzas armadas para tareas de seguridad pública.

En su sesión de este martes, la ministra ponente, Margarita Ríos-Farjat (impulsada por López Obrador al cargo), consideró en su proyecto que el acuerdo mencionado debería ser validado debido a que cumplía con los establecido en el artículo Quinto Transitorio del decreto que dio origen a la Guardia Nacional.

Así, con el voto a favor de ocho ministros, el proyecto fue validado.

El Pleno de la SCJN validó la militarización sustentado en dos consideraciones: el acuerdo presidencial publicado el 11 de mayo de 2020 no violó el principio de división de poderes en relación con el principio de reserva de ley debido a que el artículo Quinto Transitorio del Decreto de reforma constitucional en materia de Guardia Nacional, del 26 de marzo de 2019, dio al presidente la facultad excepcional para disponer de las fuerzas armadas en labores de seguridad pública, lo que no está supeditado al Congreso.

Así, la intervención de las fuerzas armadas en funciones de seguridad pública no es una decisión unilateral, sino que emana de la Constitución.

La segunda consideración del Pleno de la SCJN es que el acuerdo está fundado y motivado, por lo que cumple con el Quinto Transitorio al disponer que la intervención de los militares sería por cinco años y que sería extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria, además de que cumple con los estándares de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Los ministros que se manifestaron contra la aprobación de la militarización fueron Luis María Aguilar y Juan Luis González Alcántara Carrancá. Este consideró que el acuerdo presidencial es deficiente en tanto no fueron acotadas las facultades de las fuerzas armadas ni tampoco fue limitada territorialmente la participación militar en la seguridad pública.

Por su parte, el ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar, consideró que “el hecho de que esta Suprema Corte valide la participación de las fuerzas armadas en tareas de seguridad, hasta en tanto otras instituciones de carácter civil, como la Guardia Nacional, concluyen su integración y adiestramiento, de ninguna manera significa que este tribunal esté autorizando la militarización de la Seguridad Pública”.

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al presidente Andrés Manuel López Obrador a que envíe, en un plazo de 30 días, sus candidatos a comisionados de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece). En su sesión del lunes, el Pleno de la SCJN dio respuesta a una controversia constitucional presentada por la Cofece, en la que esta reclamaba la omisión del presidente para enviar sus propuestas de personas que la integrarán. Después de que un comité evaluador envió la lista de elegibles después de la aplicación de un examen de conocimientos, el Poder Ejecutivo debía haber escogido entre ellos sus candidatos y presentarlos para su aprobación ante el Senado de la República, lo que, tras dos años, no ha ocurrido. Así, a propuesta del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá propuso dar al presidente de la República un plazo de 30 días para enviar al Senado de la República los nombres propuestos para cubrir los tres procedimientos pendientes, lo que fue aprobado con los votos de nueve ministros de la SCJN. Los tres cargos de comisionados de la Cofece que están vacantes se deben a que la comisionada Alejandra Palacios Prieto renunció de manera anticipada; concluyó el periodo de Eduardo Martínez Chombo, y Gustavo Pérez Valdespín falleció. Desde noviembre de 2020 la Cofece solicitó a López Obrador que escogiera de entre los nombres que le envió el Comité de Evaluación. Ante la falta de respuesta, un año después el organismo autónomo presentó la controversia constitucional por la omisión en la que el Ejecutivo ha incurrido en este asunto. Dos años después de la solicitud original y uno después de la presentación de la controversia constitucional, la SCJN declara inconstitucional la omisión del Ejecutivo en el tema y conmina a López Obrador a cumplir con el mandato constitucional. A finales de marzo de este año, López Obrador rechazó la validez de las listas de elegibles que le presentó el Comité de Evaluación debido, según él, a que fueron emitidas sólo por dos de tres miembros que lo deberían integrar. Una de las instituciones que era uno de ellos, el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, lo había desaparecido en 2019. Asimismo, a mediados de febrero, preguntado en su conferencia de prensa sobre si ya tenía los candidatos para integrar la Cofece, López Obrador, en su guerra contra los organismos autónomos, incluso dijo que sería mejor que estos ni siquiera existieran y que plantearía una reforma constitucional para desaparecerlos.
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