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Cuestionan operativo de alcoholímetro en Campeche; señalan presuntas inconsistencias con el Reglamento de Vialidad

Críticas al operativo de alcoholímetro implementado en Campeche han cobrado fuerza en redes sociales y entre diversos sectores, luego de que ciudadanos señalaran que el traslado de vehículos mediante grúas, en algunos casos, podría contravenir lo establecido en el Reglamento de Vialidad del estado.

Los señalamientos hacen referencia al artículo 182 del citado reglamento, el cual establece que las grúas del servicio público únicamente deben utilizarse cuando la autoridad de tránsito requiera trasladar vehículos abandonados o involucrados en un accidente cuyas condiciones mecánicas impidan su desplazamiento.

El mismo ordenamiento también señala que la autoridad de tránsito no debe utilizar grúas cuando el vehículo se encuentre en condiciones de circular por sus propios medios y el conductor cuente con las llaves para moverlo.

Con base en esta disposición, críticos del operativo sostienen que, si un automóvil puede desplazarse sin problemas mecánicos, su envío al corralón mediante grúa podría ser objeto de inconformidades administrativas, ya que la propia normativa contempla la posibilidad de presentar una queja ante las instancias competentes cuando se considere que hubo un incumplimiento del procedimiento.

Asimismo, ciudadanos han expresado inconformidad por los costos que enfrentan los conductores sancionados, al señalar que, además de las multas derivadas de presuntas infracciones al Reglamento de Vialidad y a la Ley de Alcoholes del Estado, deben cubrir el servicio de grúa y el resguardo del vehículo en el corralón.

En ese contexto, también han surgido cuestionamientos dirigidos al Gobierno de Campeche y a la Secretaría de Protección y Seguridad Ciudadana, dependencia responsable de la operación de estos procedimientos, al considerar que es necesario brindar mayor claridad sobre la aplicación del reglamento y el destino de los recursos obtenidos por estos conceptos.

Hasta el momento, las autoridades estatales no han emitido un posicionamiento sobre los señalamientos relacionados con la interpretación y aplicación del artículo 182 del Reglamento de Vialidad.

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