viernes, julio 26, 2024

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El tuit de @RicardoAlemanMx

 

No me gusta el periodismo que hace @RicardoAlemanMx. Por eso no lo leo ni sigo sus opiniones, salvo ahora que uno de sus tuits ha trascendido el mundo virtual y ha tenido (está teniendo) efectos en el mundo real o percibido como tal.
Como es sabido, Alemán publicó un tuit desafortunado, ajeno, por supuesto, a la ética periodística porque permitió que pudiera ser interpretado como probable llamado a la comisión de un delito, el de privar- de acuerdo a esta lectura- de la vida al candidato de MORENA a la presidencia, Andrés Manuel López Obrador.
La condición humana está impregnada de un conjunto de emociones positivas y negativas. Las negativas tienden a ganar la partida. Recuérdese la sentencia de Cornelio Tácito (que cita Nicolás Maquiavelo en su clásico “Discursos sobre la primera década de Tito Livio”) “Mayor es la inclinación a castigar la ofensa que a premiar el beneficio, porque el agradecimiento pesa y la venganza satisface”.
En estos excepcionales casos por lo menos en México el primer sentimiento que tiene una persona que no concuerda con los juicios de Alemán, y más aún cuando ha sido objeto de las fobias del periodista impugnado, como ha sido mi caso y el de muchos otros, es sumarse de manera activa o pasiva a fuente ovejuna y sentir ese interno “gozo” del sufrimiento ajeno, de la venganza puesta en forma por la fortuna.
No creo, empero, que si se intenta hacer periodismo de distinto tipo se deje que la razón se convierta en rehén de la emoción o sentimiento. Al contrario, a mayor conocimiento debe haber mayor responsabilidad. Ahí estriba la diferencia de qué decir y cómo hacerlo. Veamos.
Primero. @RicardoAlemanMx abrió una rendija a diversas interpretaciones con su tuit. Gran parte de la comunidad de Twitter lo interpretó como si se tratase de un llamado puntual, directo y sin lugar a la menor duda a que se cometiera el delito de homicidio en perjuicio de AMLO. Un análisis- superficial porque no requiere más- arroja que esa conducta reprobable no es, sin embargo, constitutiva del tipo penal del llamado o apología del delito habida cuenta que la materia penal es de estricto derecho; es decir, el margen de interpretación es muy reducido por su propia naturaleza punitiva.

Ernesto Villanueva

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