El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió asuntos trascendentes en materia indígena, uno de ellos relacionado con la designación de jueces para atender asuntos de la etnia maya de Yucatán y el segundo, con el marco normativo de la Universidad Autónoma Intercultural de Sinaloa.
En el primer caso, dentro de la acción de inconstitucionalidad 15/151, promovida por la Comisión nacional de los Derechos Humanos (CNDH) declaró inconstitucional todo el Decreto 534/2017 por el que se modificaron las Leyes para la Protección de los Derechos de la Comunidad Maya y del Sistema de Justicia Maya del estado de Yucatán, legislación con la cual se modificarían el sistema para la elección y designarían jueces indígenas mayas y que permitían la participación de personas que no pertenecen a esa etnia.
Por unanimidad, los ministros consideraron fundado el recurso de la CNDH al reconocer que el congreso de Yucatán no realizó una consulta indígena, y el contenido de la legislación no constituyen “meras reformas legales de forma, sino que son cambios que inciden en los pueblos y comunidades indigenas” ya que ello impacta en cuanto a las acciones de los intérpretes y sus protocolos actuación.
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