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¿Quién decide la verdad?

Derechos de las audiencias, libertad de expresión y los límites del Estado

Por: Art1llero

La discusión sobre la regulación de los llamados Derechos de las Audiencias enfrenta hoy al Gobierno Federal con concesionarios, periodistas y organizaciones civiles. Más allá de la confrontación política, el debate coloca sobre la mesa una pregunta que toda sociedad democrática debería responder con prudencia:

¿Puede el Estado convertirse en árbitro de la calidad o la veracidad de la información sin poner en riesgo la libertad de expresión?

De un lado, se afirma que cualquier regulación sobre los contenidos de radio y televisión constituye un intento de censura. Del otro, se sostiene que quienes se oponen buscan preservar un privilegio para difundir información sin asumir responsabilidad alguna frente a las audiencias.

Ambas posturas contienen parte de la verdad; y al mismo tiempo, ambas resultan insuficientes.

Es exagerado afirmar que toda regulación constituye, por definición, un acto de censura. Las democracias modernas regulan múltiples actividades donde están en juego derechos fundamentales. Regular no siempre significa prohibir.

Pero tampoco es cierto que la libertad de expresión, por sí sola, garantice información de calidad; la desinformación existe, la propaganda disfrazada de noticia existe, la manipulación deliberada del contexto también existe. Pretender que el mercado o la buena voluntad de los medios resolverán siempre esos problemas sería una ingenuidad.

La discusión, por tanto, no debería reducirse a elegir entre libertad o regulación. Una democracia necesita ambas. Necesita medios libres, pero también responsables. Necesita gobiernos capaces de garantizar derechos, pero lo suficientemente limitados para no convertir esa facultad en un instrumento de control.

Reconocer la legitimidad de una regulación, sin embargo, no equivale a aceptar cualquier diseño institucional.

Montesquieu entendió que la mejor garantía de la libertad no era confiar en la virtud de los gobernantes, sino limitar el poder mediante contrapesos. Más de dos siglos después, esa intuición conserva plena vigencia.

El verdadero problema de esta reforma no radica en reconocer derechos a las audiencias; esos derechos ya existen. La cuestión es otra: ¿quién decidirá cuándo un contenido vulnera esos derechos y con qué criterios lo hará?

Conceptos como “veracidad”, “equilibrio”, “pluralidad” o “tratamiento adecuado” parecen claros hasta que ingresan al terreno de la política. En una democracia, los hechos pueden ser objeto de interpretaciones distintas, y el desacuerdo no constituye una anomalía; constituye la esencia misma del debate público.

James Madison, uno de los arquitectos de la Constitución estadounidense, escribió que si los hombres fueran ángeles, ningún gobierno sería necesario; y si los gobernantes fueran ángeles, ningún control sobre el gobierno sería indispensable. La fuerza de esa idea radica en su sencillez: las instituciones no se diseñan suponiendo la virtud de quienes ejercerán el poder, sino anticipando sus posibles excesos.

Ése debería ser también el criterio para evaluar esta legislación.

Existe una prueba sencilla que rara vez aparece en la discusión pública. Imaginemos que las facultades regulatorias que hoy se proponen permanecen intactas durante las próximas décadas. Cambian las mayorías, cambia el partido en el poder y llega un gobierno con una visión ideológica completamente opuesta a la actual.

¿Aceptarían quienes hoy impulsan esta reforma que ese nuevo gobierno conservara exactamente las mismas atribuciones para intervenir en los conflictos entre medios y audiencias?

Si la respuesta genera dudas, entonces el problema no es el gobierno de hoy. Es el tamaño del poder que estamos dispuestos a entregar al gobierno de mañana.

Karl Popper sostenía que una democracia no debe diseñarse pensando en cómo elegir a los mejores gobernantes, sino en cómo impedir que los peores provoquen demasiado daño. Ésa es la razón por la que las democracias liberales construyen contrapesos, distribuyen facultades y desconfían de cualquier concentración de poder, incluso cuando parece estar motivada por buenas intenciones.

Nada de esto exime a los medios de su responsabilidad. Quien reclama independencia editorial también debe aceptar códigos de ética, distinguir claramente entre información y opinión, transparentar intereses y ofrecer mecanismos eficaces para atender a sus audiencias. La libertad de expresión no puede convertirse en refugio para la manipulación deliberada.

Pero tampoco la protección de las audiencias puede convertirse en el argumento que justifique ampliar, sin suficientes contrapesos, la capacidad del Estado para evaluar contenidos informativos.

Las democracias necesitan simultáneamente medios responsables y gobiernos limitados. Renunciar a cualquiera de esos dos principios termina debilitando al otro.

Al final, la discusión sobre los Derechos de las Audiencias no debería centrarse en si el gobierno tiene buenas o malas intenciones, ni en si los medios son siempre responsables o siempre actúan de buena fe. Ésa es una discusión circunstancial.

La verdadera pregunta es qué reglas seguirán vigentes cuando cambien los gobiernos, cambien las mayorías y cambien las circunstancias.

En una democracia, el verdadero riesgo no es que existan reglas para proteger a las audiencias; el riesgo comienza cuando alguien adquiere el poder para decidir qué información es “verdadera”.

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