lunes, octubre 7, 2024

Top 5 Semana

Noticias

SCJN declara inconstitucional “Ley Chayote” y ordena al Congreso corregirla este mismo año

La Ley General de Comunicación Social, apodada “Ley Chayote” durante el pasado sexenio, fue declarada inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, debido a que concede al gobierno federal una “enorme discrecionalidad” en el uso del gasto para publicidad en medios de comunicación.

En sesión realizada este miércoles, la Primera Sala de la SCJN falló a favor de la organización de defensa de libertad de expresión, Artículo 19, que interpuso un amparo en contra de esta ley, promulgada durante el gobierno de Enrique Peña Nieto.

Los ministros aceptaron que dicha ley atenta contra la libertad de expresión y que es producto de severas omisiones legislativas, por lo que ordenó al Congreso de la Unión subsanar esas deficiencias antes que termine el año o en su defecto, derogar por completo la ley.

Así, dieron la razón a los argumentos esgrimidos por la ONG, en el sentido de que la ley no establecía criterios y claros y objetivos para regular el ejercicio de gasto en publicidad y comunicación social por parte del gobierno federal, y al contrario, le daba un amplio margen de discrecionalidad.

Ello, según la agrupación, atentaba directamente contra la libertad de expresión, ya que se da al gobierno la posibilidad de distribuir el gasto en publicidad e influir así en la conducta y/o viabilidad de los medios de comunicación, dependientes del gasto oficial en publicidad.

El sentido del amparo obliga al Congreso de la Unión a legislar correctamente en la materia y subsanar las deficiencias observadas y lograr una ley que cumpla con los criterios que establece la Constitución: eficacia, economía, transparencia, honradez y respeto a los topes presupuestales, así observancia de las condiciones de ejercicio que establezcan los presupuestos aprobados.

El reclamo concreto hecho por Artículo 19 fue en el sentido de “actualizar una omisión legislativa”, señala el proyecto de sentencia.

Agrega que se determinó que la Ley General de Comunicación Social existente es “contraria a la libertad de expresión” y por ello, concede el amparo a la agrupación, es decir, acepta su petición y ordena al Congreso de la Unión que vuelva a legislar en la materia.

Esta ley fue promulgada en el año 2014, y en uno de sus artículos transitorios se establece la obligatoriedad de elaborar normativas adecuadas de aplicación de la propia ley. Pero pasaron varios años sin que el Congreso aprobara una reglamentación, mientras la ley estaba vigente.

La reglamentación de la ley fue emitida hasta abril de 2018, prácticamente al final del sexenio de EPN. Esta reglamentación señala que el gasto en publicidad oficial seguirá una estrategia dictada por la Secretaría de Gobernación y no obliga al gobierno a poner topes de gasto ni tampoco establece sanciones para los funcionarios que incurran en faltas conforme a dicha ley.

La normatividad también se elaboró partiendo de la vieja idea de que el gasto en comunicación debe servir para difundir logros y acciones de gobierno. Artículo 19 y otros organismos manifestaron en su momento que el gasto público en comunicación debe tener el objetivo primordial de financiar a los medios de comunicación para que puedan cumplir con la función social de informar a la sociedad de manera objetiva.

La falta de normativa durante todo el sexenio peñista resultó en grandes excesos y sesgos al conceder contratos de publicidad. Por ese motivo fue apodada “Ley Chayote”, pues permitía al gobierno premiar y castigar a medios a través de la asignación de contratos de publicidad, tal como lo ha hecho justamente el gobierno de Andrés Manuel López Obrador, que tomó posesión a pocos meses de promulgada la normatividad.

Si bien el gasto en publicidad se ha reducido drásticamente en términos cuantitativos durante este sexenio, cualitativamente se ejerce el gasto de acuerdo con simpatías políticas. Así, uno de los medios más beneficiados ha sido La Jornada, diario del cual el presidente ha dicho que se le dan contratos porque está del lado de las causas justas.

La SCJN dio al Congreso de la Unión hasta el 1 de diciembre de 2021 para subsanar las omisiones y lograr una reglamentación que garantice un ejercicio adecuado del presupuesto para publicidad oficial, o bien, derogar la ley.

Si los legisladores optan por la derogación, deberán elaborar una nueva iniciativa en la materia.

Populares