Al ordenarle al INE que en un plazo máximo de 24 horas emita una nueva resolución corrigiendo la anterior, el TEPJF dijo que las expresiones de AMLO en contra de Xóchitl Gálvez si pueden configurar violencia política en razón de género.
Este miércoles, el TEPJF aprobó el proyecto del magistrado José Luis Vargas Valdez que da la razón a la legisladora, y afirma que las declaraciones de AMLO pueden dar la idea de que la senadora no posee méritos propios, sino que es producto de la decisión de un grupo de varones.
Así, revocó el acuerdo aprobado la semana pasada por la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, que establecía que las medidas cautelares solicitadas por Xóchitl Gálvez eran improcedentes.
Justamente a un día de que la directora de Inmujeres, Nadine Gasman pidiera a las mujeres en política “no victimizarse” ante la violencia que se vive en este ámbito, pues no toda violencia es en razón de género, el Tribunal resolvió que el mandatario realizó expresiones estereotipantes en contra de Xóchitl Gálvez.
Se recordará que en repetidas ocasiones el presidente ha dicho que Gálvez es un “títere” de la oligarquía y ha afirmado explícitamente que se encuentra manejada por diversos personajes, todos varones: Felipe Calderón, Vicente Fox, Claudio X. González y hasta Carlos Salinas. AMLO prácticamente ha negado que la senadora tenga aspiraciones políticas propias, pues ha dicho que fue puesta como candidata por decisión de un grupo de varones.
En reacción, la senadora pidió al INE dictar medidas cautelares contra el presidente, para que se abstuviera de emitir expresiones que ella consideró machistas y misóginas, ya que le negaban autonomía personal y el reconocimiento de que ella es la autora de su éxito y su trayectoria.
El 21 de julio pasado, la Comisión de Quejas y denuncias aprobó con dos votos a favor y uno en contra, un acuerdo en el que se negaba la naturaleza machista de los insultos del presidente y se afirmaba que no configuraban violencia de género, sino meramente un duro debate propio de la esfera política, amparado en la libertad de expresión.
En este acuerdo se dijo que se considera “bajo la premisa del buen derecho y desde una óptica preliminar, que se trata de manifestaciones vinculadas con una crítica dura, propia del debate político y que no se dirigen a la quejosa por su condición de mujer, por lo cual no se acredita el elemento de género”.