viernes, julio 26, 2024

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SCJN: inconstitucional, penalizar posesión de mariguana para consumo personal

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció que es inconstitucional la penalización de la posesión de más de cinco gramos de mariguana, excepto que se pueda demostrar que no es para uso personal.

 

En su sesión de este miércoles, la Primera Sala de la SCJN resolvió, por tres votos contra dos, invalidar una parte del artículo 478 de la Ley General de Salud, en la que se establecía que se permitía la posesión de un máximo de cinco gramos de mariguana para consumo personal, y que una cantidad mayor sería penalizada con prisión de entre 10 meses y tres años.

 

Los ministros que estuvieron a favor de la despenalización fueron Juan Luis González Alcántara Carrancá, Ana Margarita Ríos Farjat y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, mientras que en contra se manifestaron Norma Lucía Piña Hernández y Jorge Pardo Rebolledo.

 

La sentencia dice: “No se justifica la persecución penal de la persona que posee cannabis dentro de su esfera de privacidad sin afectación a terceros ni provocando resultado delictivo alguno, menos aún por la posibilidad de que pudieran eventualmente intervenir en otros actos delictivos”.

 

La resolución también señala que los encargados de establecer si la mariguana, en cualquier cantidad, es para uso personal, serán los fiscales y los jueces. Si así es, el poseedor no podrá ser castigado.

 

Prácticamente de inmediato la organización México Unido Contra la Delincuencia lamentó la sentencia de la SCJN, ya que consideró que “resulta contradictorio que, a pesar de que el proyecto tenga todos los argumentos para terminar con este delito, la Corte opte por perpetuar la criminalización de los consumidores”. Y añadió que “un México más seguro y en paz necesita la descriminalización de las drogas”.

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