viernes, julio 26, 2024

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Banda de 6 GHz: la decisión del IFT

Por
Gerardo Soria

La reciente resolución del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) sobre el uso que se le dará a la banda de 6 GHz no ha estado exenta de controversia, y es natural, ya que hay intereses encontrados.

Trataré de explicarlo de la manera más sencilla posible. Esa banda se puede usar para conectar equipos terminales de todo tipo relacionados con el Internet de las Cosas a través del nuevo WiFi-7, pero también se puede asignar a los concesionarios de telefonía móvil para servicios de nueva generación. Evidentemente, los fabricantes de equipos y las grandes empresas de Internet (Meta, Google, Apple, Amazon) prefieren que la banda sea de uso libre para que los equipos puedan usarse sin restricción; por su parte, las empresas de servicios móviles quisieran usarla para la nueva generación de telefonía móvil. Hay estudios muy serios sobre las implicaciones que esta decisión tendría para el país. ¿De qué manera se puede maximizar el beneficio económico para el país, no sólo en recaudación sino en fomento de la actividad económica y la competitividad?

La respuesta no es fácil porque aún tenemos muchos problemas estructurales en el sector telecomunicaciones que constituyen verdaderos obstáculos para el uso eficiente del espectro. Me explico: designar este espectro como de uso libre puede claramente acelerar la adopción de nuevas tecnologías para el Internet de las Cosas, pero la conectividad se daría principalmente a través de redes de fibra óptica (en el entorno muy cercano utilizaría WiFi-7 y después se conectaría a fibra óptica), que, evidentemente, depende de la cobertura que tengan las redes de servicio de acceso local. Por su parte, los concesionarios móviles podrían prestar servicios similares utilizando sus redes celulares. En el primer caso, el espectro sería de uso libre, ya que sería el cliente quien en realidad lo usa a través de sus equipos; en el segundo, el espectro sería para uso determinado y se asignaría a las empresas celulares mediante licitación pública, lo que implicaría el pago de contraprestaciones y derechos al gobierno.

Vuelvo a la pregunta ¿qué es mejor para el país? En el corto plazo, declarar el espectro como de uso libre puede acelerar la adopción del WiFi-7 y su consecuente mejora en la conectividad y la productividad. Según algunos estudios, esto tendría un valor de decenas de miles de millones de dólares. No obstante, en el mediano plazo, la adopción de las nuevas tecnologías asociadas a este espectro por parte de los concesionarios móviles podría generar ingresos importantes al fisco y también tendría un efecto favorable en la conectividad y la productividad. Parece, entonces, que el problema es una cuestión de tiempos.

No parece probable que los concesionarios móviles (a excepción de Telcel) estén dispuestos en este momento a participar en la licitación de este espectro, sobre todo porque los dos grandes competidores, AT&T y Telefónica, han devuelto una cantidad muy considerable de espectro ante la absurda política recaudatoria del gobierno, que mantiene la obligación de pagar derechos exorbitantes si los comparamos con el costo del espectro a nivel internacional. Licitar en el corto plazo sólo implicaría acrecentar la tenencia espectral de Telcel y fomentar la reconcentración del mercado.

¿Qué decidió el IFT? Pues como en la leyenda del rey Salomón, partió al niño. 500 MHz de la banda de 6 GHz fueron declarados de uso libre y 700 MHz se reservaron para poder ser licitados en el futuro. ¿Es buena esta decisión? Es difícil saberlo. De momento los 500 MHz designados como de uso libre parecen suficientes para el desarrollo del WiFi-7; sin embargo, es casi imposible predecir la velocidad con que el número de equipos conectados podría saturarlos. También es difícil saber cuándo los operadores móviles estarían listos para invertir en la asignación y uso de este espectro, si es que en algún momento lo están. Mientras el IFT mantenga su actitud pasiva frente a los derechos que fijan Hacienda y la Cámara de Diputados, poco cambiará en ese mercado. ¿Si el IFT puede permitir el uso del espectro con una contraprestación de 0, no tendrá también atribuciones para fijar el precio del espectro concesionado? Es pregunta con jiribilla.

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