viernes, julio 26, 2024

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Van por impuestos para youtubers e influencers

Youtubers, influencers y videobloggers podrían pasar a ser considerados “prestadores de servicio de comunicación audiovisual” y deberán pagar impuestos por publicidad en sus canales de difusión en caso de que sea aprobada una iniciativa de la diputada morenista María del Rosario Merlín García.

 

La legisladora morenista presentó su propuesta y fue publicada en la Gaceta Parlamentaria. La iniciativa plantea que los creadores de contenido como los mencionados pasarán a ser considerados como “prestadores de servicios de comunicación audiovisual”, quienes tendrían que pagar impuestos debido a que, además de la monetización de sus contenidos, también tienen ingresos por la publicidad que proyectan en sus espacios.

 

La iniciativa señala: “En los casos en que los influenciadores resulten remunerados con el cobro de un monto en dinero, y que reciben pagos por medio de las diferentes plataformas al alcanzar una considerable cantidad de vistas y seguidores, además de que conocidas marcas les pagan por publicidad, pues en su gran mayoría de los pagos por publicidad o de las plataformas digitales se realizan mediante pago a una cuenta bancaria, estos ingresos ya que no son una nómina son fiscalizables para el SAT, y deberán estar inscritos en la SHCP como trabajador de servicios profesionales”.

 

La propuesta de Merlín García plantea una adición al artículo 32 bis, Capítulo III “De la información y publicidad”, de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

 

Entre las formas de publicidad que generarían los impuestos están la muestra de productos de alguna marca tras abrir un paquete (una práctica llamada unboxing) y la realización de sorteos patrocinados por anunciantes. Además, cuando se haga publicidad pero no sea de forma tan clara, deberá incluirse una indicación “explícita, inmediata y adecuada” sobre su naturaleza. Con ello se buscará evitar la publicidad engañosa y encubierta, cuya práctica, dice la iniciativa, puede fomentar comportamientos nocivos para la seguridad y la salud de las personas, ya que ha dado lugar a “casos sonados de promoción a la anorexia, a ludopatía o incluso la adicción a las drogas por ello, al día de hoy, la actividad de los prestadores de servicio de comunicación audiovisual profesionales no está sometida a ninguna norma, como cualquier ciudadano el cual si está sujeto”.

 

También se exigirá a los comunicadores mencionados que “afinen” sus mensajes para no incurrir, por ejemplo, en discriminación o en discursos de odio, así como evitar técnicas subliminales, cuya violación les podría traer importantes sanciones económicas. Además, deberán ajustarse a las normas que restringen las emisiones de televisión.

 

etceera.com.mx

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