Por considerar que es violatorio de una suspensión otorgada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) contra el decretazo de 2021, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) impugnó el nuevo decreto que ayer emitió el presidente Andrés Manuel López Obrador.
A menos de 24 horas de que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación un decreto de López Obrador para declarar de seguridad nacional y de interés público obras de su interés como el Tren Maya, el Corredor Interocéanico del Istmo de Tehuantepec y varios aeropuertos, con muchas similitudes al que emitió en noviembre de 2021 y que acababa de ser invalidado por la SCJN, el INAI anunció que presentó una queja al respecto.
Desde el propio jueves el INAI anunció que analizaba impugnar el nuevo decreto, lo que formalizó este viernes. El instituto recuerda que en diciembre de 2021 impugnó el acuerdo presidencial que declaró de seguridad nacional varias de las obras del gobierno federal, por lo que la SCJN otorgó una suspensión de sus efectos y consecuencias por las restricciones que implicarían al derecho a la información.
En ese sentido, el INAI alega que el decreto publicado el 18 de mayo en el Diario Oficial de la Federación es similar al de noviembre de 2021, debido a lo cual constituye una violación a la suspensión que anteriormente había otorgado la SCJN por la restricción al derecho a la información pública.
El INAI considera que esa suspensión está vigente porque aún no es resuelta totalmente la controversia constitucional contra el acuerdo de 2021, lo que la SCJN tiene planeado discutir la semana próxima.
Además, el INAI solicita a la SCJN que los efectos de su sentencia dictada ayer jueves contra el decreto de 2021 sean aplicados también al decreto del 18 de mayo debido a la similitud existente entre ambos, lo cual afecta el derecho a saber de la sociedad.
Por otra parte, en Twitter el constitucionalista Diego Valadés señaló otra muy probable inconstitucionalidad del nuevo decretazo de López Obrador, debido a que para emitirlo requiere el apoyo del Congreso.
“Los abogados del presidente se equivocaron al denominar ‘decreto’ a un acuerdo. Conforme a los artículos 29 y 92 de la Constitución, el presidente sólo puede expedir decretos con autorización del Congreso. Hay una inconstitucionalidad impugnable por los legisladores”, tuiteó el jurista.